Bienestar social

El Ayuntamiento de Getafe concede más de 48.000 euros en ayudas para necesidades básicas a familias del municipio

Estas prestaciones, que suman un importe total de 48.139 euros, fueron ratificadas el pasado 28 de abril de 2026 para sufragar gastos esenciales como alimentación, alquiler y suministros

GETAFE/07 MAYO 2026.- El Ayuntamiento de Getafe, a través de la Concejalía de Bienestar e Inclusión Social, ha aprobado la concesión de 96 ayudas económicas destinadas a cubrir necesidades básicas de familias en situación de vulnerabilidad. Estas prestaciones, que suman un importe total de 48.139 euros, fueron ratificadas el pasado 28 de abril de 2026 para sufragar gastos esenciales como alimentación, alquiler y suministros.

La resolución de estas ayudas responde a la pluralidad de solicitudes de atención social registradas entre finales de 2025 y los primeros meses de 2026. La distribución de los fondos se ha organizado en cuatro bloques administrativos, denominados relaciones, que detallan los beneficiarios y los conceptos específicos de cada pago.

Distribución y conceptos de las ayudas

El mayor desembolso corresponde a la relación 7/2026/NB, con 18.037 euros repartidos en 34 ayudas. Le siguen la relación 8/2026/NB con 12.010 euros (23 ayudas), la 10/2026/NB con 9.210 euros (19 ayudas) y la 9/2026/NB con 8.882 euros (20 ayudas).

Los beneficiarios destinarán estas cuantías principalmente a tres pilares fundamentales para la estabilidad familiar:

  • Vivienda: Pagos de alquiler de pisos, habitaciones y alojamiento general.
  • Alimentación: Cobertura de la cesta básica de la compra.
  • Suministros: Pago de facturas de servicios básicos del hogar.

Obligaciones y plazos

Estas prestaciones tienen un carácter prepagable, lo que significa que los vecinos recibirán el dinero antes de tener que justificar el gasto. No obstante, la concesión está estrictamente supeditada a que los beneficiarios cumplan los compromisos adquiridos con sus trabajadores sociales.

Una vez recibida la ayuda, los ciudadanos disponen de un plazo de diez días para aportar los documentos probatorios que justifiquen el uso del dinero para el fin solicitado. El incumplimiento de esta obligación o de los compromisos sociales conllevará el reintegro del importe concedido.

Procedimiento administrativo

La notificación oficial se realiza mediante la publicación en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal. Los interesados que deseen impugnar la resolución pueden interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en dos meses.

Los documentos fueron firmados electrónicamente por el Jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno el 5 de mayo de 2026, culminando así el proceso administrativo para el desembolso de los fondos.













.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *