El jurado declara culpable por unanimidad al acusado de asesinar a su mujer en Getafe en 2023
El tribunal descarta que el procesado sufriera una alteración psicológica debido a la planificación previa del crimen y rechaza las atenuantes de la defensa.
GETAFE/12 JUNIO 2026.- Un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid ha declarado culpable por unanimidad de un delito de asesinato al hombre acusado de matar a su mujer de tres puñaladas en plena calle de Getafe en noviembre de 2023. El tribunal descarta que el procesado sufriera una alteración psicológica debido a la planificación previa del crimen y rechaza las atenuantes de la defensa. El acusado afronta una petición fiscal de 30 años de prisión, mientras que el segundo encausado ha resultado absuelto.
Los hechos juzgados se remontan a noviembre de 2023. Según el relato de la Fiscalía, el acusado actuó impulsado por su negativa a asumir la ruptura de la relación sentimental con la víctima. Al no conseguir retomar el vínculo con su pareja, decidió planificar el crimen horas antes de cometerlo.
Para llevar a cabo su plan, el procesado solicitó ayuda a otro hombre con el objetivo de inutilizar las cámaras de seguridad de la comunidad donde residía la víctima. Para ello, le facilitó dinero, una máscara y un spray destinado a tapar las lentes de los dispositivos de vigilancia.
Esa misma madrugada, el acusado accedió sin permiso a la vivienda de su expareja con la intención de llevársela por la fuerza. Sin embargo, la intervención de un compañero de piso de la mujer logró frustrar sus planes en ese momento.
Tras este primer intento, el agresor regresó a las inmediaciones del domicilio de la víctima. Allí esperó oculto durante varias horas hasta que la mujer salió a la calle. En ese instante, comenzó a perseguirla por la vía pública de la localidad.
Tras un forcejeo en el que la víctima cayó al suelo, el acusado le asestó tres puñaladas mortales. Inmediatamente después del ataque, el agresor huyó del lugar de los hechos.
Durante la vista oral, la defensa del principal encausado sostuvo que este padece esquizofrenia. Por ello, reclamaba que los hechos se calificaran como homicidio y no como asesinato, solicitando una reducción de la condena a cinco años de cárcel bajo las atenuantes de alteración psíquica y reparación del daño.
Sin embargo, el portavoz del tribunal del jurado expuso en la lectura pública del veredicto que se descartan estas opciones. El jurado no considera probado que el procesado presentara una alteración que modificara gravemente sus capacidades cognitivas y de autocontrol, sosteniendo que estaba en su «sano juicio» debido a la premeditación observada.
Por todo ello, el Ministerio Público atribuye al acusado los delitos de allanamiento de morada, malos tratos en el ámbito de la violencia de género y asesinato. Por estos cargos, la Fiscalía mantiene de forma global la petición de 30 años de prisión.
Por otra parte, el jurado ha absuelto al segundo procesado, que se sentó en el banquillo como presunto cooperador y cómplice por dejar inoperativas dos cámaras de seguridad. El tribunal le exime de responsabilidad penal al apreciar arrepentimiento por no haber llegado a tapar todos los dispositivos del edificio.

