Escuelas Católicas llevan a los tribunales el veto de la Comunidad de Madrid a los dispositivos digitales en Infantil y Primaria
Según la asociación, que agrupa a 340 centros, la medida es «taxativa» y «se contradice con los principios de libertad, pluralidad y calidad de enseñanza postulados por la Comunidad de Madrid», vulnerando el derecho de los centros a desarrollar un proyecto educativo propio elegido por las familias.
GETAFE/01 NOVIEMBRE 2025.- La Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Titulares de Centros Católicos (FERE), que agrupa a decenas de colegios privados concertados de la Comunidad de Madrid, ha recurrido ante la justicia la decisión del Gobierno regional, presidido por Isabel Díaz Ayuso, de prohibir el uso individual de dispositivos electrónicos en los centros de Infantil y Primaria. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de este miércoles recoge la orden de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que emplaza a otras partes interesadas a sumarse al proceso judicial contra la medida que se activará en el curso 2025-2026.
La iniciativa del Ejecutivo madrileño busca ampliar el veto ya existente al uso de móviles y afecta a más de medio millón de alumnos de hasta 12 años en 2.000 centros educativos sostenidos con fondos públicos. El portavoz del Gobierno, Miguel Ángel García Martín, explicó en marzo que con esta normativa se pretende «volver a la esencia de los libros, de los cuadernos, de los dictados, del cuidado de la ortografía, de la caligrafía», si bien se buscará mantener la compatibilidad con las «destrezas digitales tan necesarias».
La reacción de las Escuelas Católicas de Madrid (ECM) fue inmediata, presentando la denuncia al considerar que prohibir las pantallas atenta contra la autonomía de los centros educativos. Según la asociación, que agrupa a 340 centros, la medida es «taxativa» y «se contradice con los principios de libertad, pluralidad y calidad de enseñanza postulados por la Comunidad de Madrid», vulnerando el derecho de los centros a desarrollar un proyecto educativo propio elegido por las familias.
El decreto impugnado establece que los alumnos de Infantil (hasta seis años) y Primaria (hasta 12) no podrán trabajar de forma individual con dispositivos digitales, ni tampoco recibir deberes u otras tareas académicas que requieran el uso de tabletas, ordenadores o móviles fuera del horario escolar.
En cuanto al uso compartido de dispositivos entre dos o más estudiantes, se permitirá exclusivamente con finalidad pedagógica y bajo la supervisión directa del docente, con restricciones temporales. Los menores del primer ciclo de Infantil (0 a 3 años) no tendrán contacto con estos dispositivos. En el segundo ciclo de Infantil (3 a 6 años) y en los dos primeros cursos de Primaria, el manejo compartido estará limitado a una hora semanal. Los alumnos de 3º y 4º de Primaria tendrán una hora y media para su empleo conjunto durante la semana, mientras que los de 5º y 6º podrán usarlos bajo estas condiciones un máximo de dos horas semanales.
La norma recoge algunas excepciones a estas restricciones. Se permitirá el uso sin tope horario a aquellos alumnos con necesidades específicas de apoyo que requieran de estos recursos digitales, previa presentación de un informe psicopedagógico. También se autorizará su empleo en materias optativas o proyectos en los que el uso digital sea imprescindible para adquirir competencias específicas. Por último, los centros que ya tienen implantado un programa docente con un dispositivo individual por alumno dispondrán de una moratoria con plazo de un año, hasta el 31 de agosto de 2026, para adaptarse a la nueva

